Declaración de Ética
Declaración de Ética y Malas Prácticas en la Publicación
Aniki: Revista Portuguesa da Imagem em Movimento es una revista producto de un
arbitraje científico comprometido con los más elevados patrones de ética. La decisión
de publicar es de estricta responsabilidad de los editores, siguiendo principios de
independencia y autonomía científica. Aniki se rige según el código de conducta y las
normas de buenas prácticas para editores de revistas del Comité sobre Ética de
Publicación (COPE), disponible en: https://publicationethics.org. La presente
declaración de ética y malas prácticas en el proceso de publicación pretende promover
la confianza, la responsabilidad y el respeto mutuo entre editores, autores y evaluadores
y garantizar la integridad científica de los textos publicados.
Si considera que una publicación de Aniki: Revista Portuguesa da Imagem em
Movimento no cumple los principios abajo estipulados, debe contactar con nosotros a
través del mail: aniki@aim.org.pt. Se atenderá y se intentará resolver internamente
todas las situaciones recibidas, siguiendo, siempre que sea posible, las directrices de la
COPE (Comité sobre Ética de Publicación), o a través de la designación de miembros
de nuestro Consejo Consultivo o de especialistas externos para dirigir investigaciones
independientes y confidenciales.
1. Deberes de los editores
1.1. Independencia y autonomía científica
1.1.1. Los editores asumen la total responsabilidad del proceso de decisión, sin ceder a
ningún tipo de censura provocada por presiones de cariz personal, profesional,
institucional o gubernamental.
1.1.2. Los miembros del consejo editorial serán seleccionados de las distintas áreas
científicas de la revista, y se comprometen a basar sus decisiones editoriales
exclusivamente en principios de autonomía científica.
1.2. Abertura
1.21. Los editores estarán abiertos a recibir aportaciones de investigadores externos a
sus redes de conocimiento. Los manuscritos sometidos serán analizados y escogidos
aplicando criterios de contenido y calidad, sin tener en cuenta ni la identidad de los
autores (ni cualquier marca identificativa) ni la relación que esto pueda tener con los
editores.
1.3. Plazos
1.3.1. Los editores se comprometen a dar una rápida respuesta, garantizando que
revisores, autores y los mismos editores cumplen los plazos sin retrasos significativos.
1.4. Información
1.4.1. Los nombres y las afiliaciones de los miembros del consejo editorial se
publicarán en el sitio web de la revista.
1.4.2. Los editores garantizan que la información publicada en el sitio web de la revista
es clara, precisa y está actualizada. Esto incluye también la información general sobre la
revista, las instrucciones para los autores, la descripción del proceso de revisión por
pares, el contacto de la revista, sus políticas de acceso, las convocatorias de trabajos y
otras informaciones relevantes.
1.5. Confidencialidad e Integridad en la revisión por pares
1.5.1. Los editores tratarán los manuscritos recibidos con discreción, comprometiéndose
a no compartirlos con nadie más allá del consejo editorial, excepto en el caso de los
revisores y (ocasionalmente) otros consultores. Todos ellos están sujetos al deber de
confidencialidad.
1.5.2. En el caso de los trabajos presentados en la sección de ensayos de Aniki, sujetos a
arbitraje científico en régimen de anonimato doble, los editores se comprometen a
escoger revisores externos cualificados y a proteger el anonimato de estos y de los
autores. Los revisores serán elegidos por sus conocimientos acerca de los temas y áreas
sujetas a evaluación, sin que esa elección pretenda condicionar el resultado final
(positivo o negativo) de la evaluación.
1.5.3. Los editores proporcionarán a los revisores instrucciones claras sobre el proceso
de revisión y el tipo de evaluación requerida. Es su deber promover y facilitar un proceso de arbitraje científico que resulte consistente, justo, cortés, fundamentado y que
sea entregado dentro del plazo estipulado.
1.5.4. Los editores deberán basar su decisión de aceptar o rechazar un manuscrito
exclusivamente en criterios de importancia, originalidad, claridad y relevancia del
mismo en el ámbito editorial y objetivos de la revista.
1.5.5. En el caso de que el manuscrito sea rechazado, los editores se abstienen de usar
los contenidos no publicados en sus propias investigaciones. Los permisos para este uso
serán tramitados con los autores y debidamente reconocidos.
1.6. Ética, conflictos de intereses y malas prácticas
1.6.1. Es de esperar que los editores supervisen el grado ético de la investigación
publicada. Cuando lo consideren necesario, podrán solicitar la confirmación de
consentimiento informado, comprobar si es apropiado el uso de los datos confidenciales
(ej. uso de pseudónimos), y garantizar el reconocimiento del trabajo no publicado (ej.
comunicaciones personales).
1.6.2. Se espera que los editores incentiven la mención de la autoría correspondiente, y
descarten autorías fantasma o por invitación, mediante la confirmación de que todos los
autores indicados participaron efectivamente en el manuscrito. Los editores deben
incluir a todos los autores implicados en las comunicaciones, y no solo al autor
correspondiente.
1.6.3. Cuando exista la posibilidad de conflictos de intereses (de los propios editores,
del revisor o del autor), los editores deben hacerlos públicos. Si es necesario, obtendrán,
antes de la publicación, declaraciones firmadas por autores y revisores de los conflictos
de intereses existentes.
1.6.4. Los editores tomarán medidas razonables para identificar y evitar la publicación
de artículos en los que se hayan producido malas prácticas (ver procedimiento en 4.). En
ningún caso alimentarán tales conductas impropias o permitirán que ocurran con su
conocimiento.
1.6.5. En el caso de que los editores tengan conocimiento de la existencia de una mala
práctica, deberán encararla de forma adecuada, siguiendo, en la medida de lo posible,
las directrices del COPE. Tras un cuidadoso análisis, podrá ser necesario publicar una
enmienda, una nota de preocupación, una rectificación o incluso, en raras
circunstancias, eliminar el artículo (ver 4.).
2. Deberes de los revisores
2.1. Integridad y confidencialidad
2.1.1. Los revisores deberán informar a los editores de la revista siempre que consideren
que no poseen los conocimientos necesarios para revisar el artículo o que no sean
capaces de cumplir el plazo inicialmente propuesto o mutuamente acordado.
2.1.2. Los revisores respetarán la naturaleza confidencial del proceso de arbitraje
científico, absteniéndose de revelar pormenores del manuscrito durante o después de la
revisión por pares, a menos que tengan permiso expreso para ello de la revista.
2.1.3. Los revisores deben auxiliar a los autores, sugiriendo mejoras a sus textos. Deben
evaluar el artículo por su contenido (originalidad, relevancia, rigor, claridad de
argumentos, estilo), absteniéndose de expresar críticas poco razonables, infundadas o de
carácter personal.
2.1.4. Los revisores sugerirán, de forma respetuosa, modificaciones que puedan mejorar
el artículo a nivel de estilo. Sin embargo, no reescribirán el artículo según otra variante
lingüística o su estilo preferido.
2.1.5. Los revisores podrán sugerir análisis adicionales si estos contribuyen
positivamente para aclarar o reforzar algún aspecto del artículo. Sin embargo, no es su
función ampliar el propósito del artículo.
2.1.6. Los revisores identificarán publicaciones relevantes que no fueron citadas. No
obstante, deben abstenerse de sugerir a los autores que incluyan notas de su trabajo (o
del trabajo de asociados) pretendiendo únicamente aumentar el número de notas o la
visibilidad de esos trabajos. Las sugerencias deben basarse en criterios académicos
válidos.
2.1.7. Los revisores asistirán a los editores en la decisión de publicar. Su recomendación
final (aceptar/ revisar/ rechazar) debe ser coherente con los comentarios facilitados en
su evaluación.
2.1.8. Los revisores se abstendrán de prolongar intencionalmente el proceso de revisión.
2.1.9. Los revisores se abstendrán de usar el contenido de los artículos revisados en sus
propias investigaciones sin el consentimiento previo del autor y el debido crédito.
2.1.10. Los revisores que deseen incluir investigadores juniors o en prácticas en la
revisión por pares deberán solicitar permiso al editor. En los casos en que un alumno
realice una revisión bajo supervisión de su orientador, esto deberá ser comunicado a la
revista para que su autoría sea reconocida y pase a constar en los registros de la revista.
2.1.11. Los revisores cuya conducta o desempeño no sea aceptable serán eliminados de
la base de datos de la publicación.
2.2. Manifestación de conflictos de intereses y malas prácticas
2.2.1. Es de esperar que los revisores revelen cualquier sospecha de conflicto de
intereses (de sí mismos, del autor o de los editores) resultante de relaciones
competitivas, colaborativas u otras e incluyendo conexiones con empresas, entidades e
instituciones implicadas en la investigación. Se abstendrán de revisar el manuscrito
hasta que el problema quede subsanado.
2.2.2. Se espera que los revisores informen a los editores sobre cualquier conducta
irregular de investigación (ej. invención, falsificación, plagio), sospechosa o
confirmada, que hayan encontrado durante el proceso de revisión por pares.
2.2.3. Los revisores apoyarán al proveedor o equipo que conduzca eventuales
investigaciones de sospecha o confirmación de malas prácticas.
3. Deberes de los autores
3.1. Información y cooperación
3.1.1. Es de esperar que los autores hayan leído, íntegramente, las ‘Instrucciones para
Autores’ y restantes reglas de participación en la revista antes de enviar su artículo.
3.1.2. Se espera que los autores mantengan a sus coautores informados a lo largo de
todas las etapas del proceso de selección.
3.1.3 Se espera que los autores proporcionen información sobre la financiación de su
estudio y declaren posibles conflictos de intereses.
3.1.4. Se espera que los autores comuniquen a los editores cualquier alteración a nivel
de autoría, afiliación o estado de sus aportaciones. Deberán también informar a los
editores sobre cualquier error significativo o imprecisiones que consten en sus artículos,
incluso después de que estos hayan sido aceptados para ser publicados.
3.1.5. Se espera que los autores participen en el proceso de arbitraje científico,
respetando a los revisores y aceptando las decisiones de la revista. No se tolerará
correspondencia o comportamiento abusivo hacia los editores u otros elementos que
actúen en representación de Aniki, lo que podría conducir a la retirada del manuscrito.
3.1.6. Se espera que los autores colaboren en las investigaciones relacionadas con la
ética, el rigor o la integridad de su trabajo, y que tomen medidas para resolver cualquier
problema que pueda surgir.
3.2. Autoría, participación y afiliaciones
3.2.1. Se espera que los autores enumeren como autores a todos aquellos (y solo ellos)
que participaron significativamente en la investigación y elaboración del manuscrito; no
se incluirá a autores que no hayan contribuido de forma significativa para merecer esta
autoría.
3.2.2. Se entiende por contribución significativa la participación del autor en cualquiera
de los siguientes aspectos: la concepción o diseño del trabajo; la adquisición, análisis o
interpretación de datos; la redacción o revisión del manuscrito.
3.2.3. La autoría implica que el autor asume la responsabilidad de todos los aspectos del
trabajo, antes y después de la publicación.
3.2.4. Aniki anima a los autores a añadir una sección de ‘Agradecimientos’ en su
manuscrito, con el objetivo de enumerar (con la debida autorización) a todos los que no
cumplen el criterio de autoría, pero proporcionaron alguna asistencia durante la
investigación o redacción del trabajo.
3.2.5. Las afiliaciones deben representar a la institución o instituciones con las cuales
cada autor está, en ese momento, asociado. En el caso de que la investigación haya sido
dirigida y/o apoyada por otra institución, también debe ser mencionado.
3.3. Patrones académicos, ética, integridad y derechos de autor
3.3.1. Se espera que los autores presenten trabajos originales que sigan los modelos
académicos de su área y que no hayan sido publicados anteriormente o estén en proceso
de impresión.
3.3.2. Los autores se abstendrán de presentar el mismo manuscrito a varias revistas
simultáneamente.
3.3.3. En los casos en los que se aplique, los autores deberán haber obtenido el aprobado
ético necesario para su investigación.
3.3.4. Los autores deberán describir con rigor sus aportaciones, métodos y resultados,
aunque estos debiliten o contradigan sus propias teorías o hipótesis.
3.3.5. Los autores deberán indicar las fuentes y citar las obras que usaron. Deben citar
las publicaciones relevantes, incluso si estas pueden contradecir sus propias creencias,
teorías, hipótesis, métodos o resultados.
3.3.6. Se espera que todos los autores y coautores hayan leído y aprobado la versión
final del manuscrito.
3.3.7. Los autores deben obtener, junto a los titulares de los derechos, autorización para
usar materiales sujetos a derechos de autor. Antes de la publicación, firmarán una
declaración que confirme que han recibido dicha autorización.
4. Resolución de malas prácticas
4.1. Aniki sigue las normas internacionales con relación a lo que constituye malas
prácticas, que pueden incluir, entre otras, alegaciones de plagio, publicación duplicada o
redundante, envío simultáneo, invención o falsificación de datos, manipulación de citas,
autoría fraudulenta o disputada, omisión de fuentes, manipulación de imágenes y
conflicto de intereses.
4.2. La información relativa a malas prácticas se dirigirá a: aniki@aim.org.pt
4.3. Cualquier caso de malas prácticas trasladado a Aniki (incluidas comunicaciones
anónimas) o identificado por los editores, será debidamente analizado e investigado,
manteniéndose en secreto hasta que exista un veredicto. Aniki actuará de forma amable
y justa, pero firme.
4.4. El procedimiento previsto es el siguiente (con variaciones, dependiendo de la
complejidad del caso): (1) los editores designarán a una persona (un proveedor) o un
equipo de entre los miembros del Consejo Consultivo o del consejo editorial de una
revista semejante para evaluar las alegaciones e iniciar una investigación imparcial y
confidencial; (2) el proveedor o equipo contactará con los autores o revisores para que
den la explicación correspondiente; (3) en casos más complejos, el proveedor o equipo
podrán requerir asesoramiento jurídico o especializado, que Aniki permitirá; (4) el
proveedor o equipo redactará un informe con un conjunto de recomendaciones que
serán asumidas por los editores y/o los autores.
4.5. A lo largo del proceso, el proveedor o comisión tendrá acceso al manuscrito,
apuntes y otros documentos relevantes bajo confidencialidad y estrictamente a efectos
de investigación. Todas las partes serán escuchadas.
4.6. Basado en el informe del proveedor o equipo, el Consejo Editorial de Aniki
publicará una nota de preocupación, corrección o enmienda, procederá a la eliminación del texto o a cualquier otra acción, en línea con las directrices de la COPE. La acción a
tomar corresponderá a los editores.
4.7. En el caso de que se encuentren pruebas convincentes de malas prácticas graves, los
editores podrán desear transmitirlas a las entidades empleadoras de los autores,
debiendo notificarles dicha intención. Aniki podrá considerar innecesario implicar a
estas instituciones en casos menos graves, tales como publicación redundante, fallos en
la autoría o incumplimiento de la declaración de conflictos de intereses.
4.8. En el caso de que no se encuentren pruebas de malas prácticas, el proceso editorial
proseguirá por la vía normal.
5. Acceso abierto, licencias y derechos de autor
5.1 Aniki no cobra tasas de envío o publicación y ofrece acceso libre inmediato a su
contenido.
5.2. Los textos publicados en Aniki poseen una Licencia Creative Commons –
Atribución 4.0 Internacional (CC BY-NC 4.0), que permite a los autores leer, descargar,
copiar, distribuir, compartir, imprimir, buscar, o crear enlaces con los textos integrales
de la revista, siempre que la publicación inicial en Aniki esté acreditada y este material
no se reutilice con fines comerciales.
5.3. Aniki usa el Open Journal Systems 3.1.2.1, desarrollado, soportado y distribuido
gratuitamente por Public Knowledge Project (PKP), bajo la GNU General Public
License.
5.4. Los autores son responsables de obtener los permisos correspondientes para la
reproducción de imágenes o de cualquier otro material sujeto a derechos.
6. Archivo
6.1. El contenido de Aniki está disponible íntegramente en su sitio web oficial, en:
https://aim.org.pt/ojs/index.php/revista
6.2. Aniki está incluida en el portal RCAAP, que recoge, añade e indexa contenidos
científicos en acceso abierto de los archivos institucionales portugueses.
6.3. Los contenidos de Aniki se encuentran preservados digitalmente para acceso a largo
plazo na PKP Preservation Network (PKP PN).
7. Propiedad y financiación
7.1. Aniki es una publicación de la Asociación de Investigadores de la Imagen en
Movimiento (AIM).
7.2. Aniki cuenta además con el apoyo del IHC - Instituto de Historia Contemporánea
(FCSH-UNL), a través de la Fundación para la Ciencia y la Tecnología (FCT) por los
proyectos UIDB/04209/2020, UIDP/04209/2020 y LA/P/0132/2020.
8. Intereses comerciales
Aniki no tiene obligaciones comerciales ni publica contenidos publicitarios o
patrocinados.
Lisboa, 20 de Fevereiro de 2024
La versión PDF de la ‘Declaración de Ética y Malas Prácticas en la Publicación’ de Aniki se puede descargar aquí.


